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El Ayuntamiento impulsa una nueva iniciativa de vivienda con una modificación puntual del PGOU para ordenar viviendas ya existentes

El Ayuntamiento impulsa una nueva iniciativa de vivienda con una modificación puntual del PGOU para ordenar viviendas ya existentes
Fecha de publicación: 29/01/2026 12:43
  • También posibilita, con un estudio previo de viabilidad, la reconversión de locales en Viviendas de Precio Limitado (VPL)
  • Esta suspensión tendrá una vigencia máxima de dos años o hasta la aprobación definitiva de la modificación puntual

El Pleno del Ayuntamiento de Eivissa ha aprobado este jueves la modificación puntual número 3 del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 2023, relativa al cambio de calificación urbanística de determinadas parcelas del municipio. Esta actuación se enmarca dentro de las políticas municipales de vivienda y complementa el plan ‘Eivissa, una Ciudad para vivir’, con el objetivo de facilitar el acceso a una vivienda más asequible para la ciudadanía.

“El cambio urbanístico propuesto permite ordenar las viviendas existentes y también posibilita (siempre condicionado a un estudio previo de viabilidad) la reconversión de determinados locales en Viviendas de Precio Limitado (VPL), favoreciendo así la generación de vivienda con precios más accesibles que los del mercado libre”, ha explicado el concejal de Urbanismo de la capital ibicenca, Juan Flores, durante la sesión plenaria ordinaria que se celebra este jueves en el salón de plenos de Can Botino, en Dalt Vila.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares (LUIB), la aprobación inicial de esta modificación conlleva la suspensión de la tramitación y concesión de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas, así como la posibilidad de presentar comunicaciones previas, en las parcelas afectadas. Las áreas incluidas en esta modificación puntual son las siguientes:

  • Isla núm. 1, delimitada por las calles avenida Pere Matutes Noguera, Josep Tarrés, paseo de ses Pitiüses y periodista Francesc Escanelles.
  • Isla núm. 2, delimitada por las calles avenida Pere Matutes Noguera, Quartó de Portmany, paseo de ses Pitiüses y Alexandre Llobet.
  • Isla núm. 3, concretamente las parcelas catastrales delimitadas por las calles Antoni Maria Alcover (1-3) y Josep Tur i Llaneres (14-22).
  • Isla núm. 4, concretamente la parcela catastral delimitada por las calles Quartó de ses Salines y Carles Roman Ferrer, 28.

Esta suspensión tendrá una vigencia máxima de dos años, o hasta la aprobación definitiva de la modificación puntual, momento en el cual se levantará automáticamente. Asimismo, y de conformidad con el artículo 55 de la LUIB, la modificación puntual se someterá a información pública durante un plazo de 30 días, mediante anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), en uno de los diarios de mayor circulación de la isla y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Eivissa (https://eivissa.sedelectronica.es). Durante este período, el expediente estará a disposición de la ciudadanía para que pueda consultarse y presentar las alegaciones que se consideren oportunas.

Paralelamente, el Ayuntamiento de Eivissa solicitará informe a las administraciones y organismos estatales, autonómicos e insulares cuyas competencias puedan verse afectadas, así como al Consell Insular de Eivissa. Una vez recibidos los informes y finalizado el periodo de información pública, el equipo redactor informará al respecto y se continuarán los trámites correspondientes para avanzar en el procedimiento.