Marzo 28, 2024

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Dalt VilaEl Consorcio Eivissa Patrimonio de la Humanidad destina 118.000 euros a la línea de subvenciones para rehabilitar viviendas y locales de los barrios de Sa Penya, la Marina, S'Alamera y Dalt Vila.

El plazo para la presentación de las solicitudes se prolongará hasta el 31 de diciembre, y ya se encuentra en vigor después de la publicación de la convocatoria en el BOIB, el pasado 6 de enero.

Desde el Consorcio Eivissa Patrimonio de la Humanidad se establece que cada beneficiario podrá obtener una ayuda de hasta 15.000 euros por vivienda o local o el porcentaje máximo del 50% del gasto subvencionable.

El concejal de Patrimonio del Ayuntamiento de Eivissa, Pep Tur, ha destacado que 'el objetivo de estas subvenciones es incentivar a las propiedades a mejorar, adecuar o rehabilitar sus fachadas, viviendas o plantas bajas para que el casco histórico de la ciudad se mantenga en buen estado siempre respetando los elementos tradicionales de los inmuebles'.

Asimismo se establece que las actuaciones subvencionables serán:

• Actuaciones de adecuación estructural: obras que proporcionen a la totalidad del edificio o vivienda condiciones de seguridad constructiva, de forma que quede garantizada su estabilidad, resistencia y solidez.

• Actuaciones de adecuación funcional: obras que proporcionen al edificio o vivienda condiciones suficientes respecto a accesos, estanqueidad frente a la lluvia y humedad, aislamiento térmico, redes generales de agua, gas, electricidad, telefonía, saneamiento y seguridad frente a accidentes y siniestros.

• Actuaciones de adecuación de habitabilidad: obras que proporcionen a la vivienda condiciones mínimas con respecto a su superficie útil, distribución interior, iluminación natural o ventilación, servicios higiénicos e instalaciones de cocina u otros servicios de carácter general. También se incluirá en este concepto, la ampliación del espacio habitable de la vivienda siempre que la superficie útil total resultante no exceda de 120 m².

• La realización de obras de adecuación que posibiliten en las viviendas el ahorro de consumo energético o que permitan la adaptación a la normativa vigente en materia de agua, electricidad, protección contra incendios, o saneamiento. También la adecuación de edificios y viviendas en el Decreto 110/2010, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la mejora de la accesibilidad y la supresión de barreras arquitectónicas y demás normativa de aplicación, que permita el uso por persona con movilidad reducida.

• La rehabilitación de fachadas del inmueble: En este caso, es condición ineludible la recuperación de diseños y tratamientos originales de la fachada, y la supresión o adecuación de todos aquellos elementos de fachada considerados impropios de acuerdo con la normativa PEPRI como cableados de fachadas, carpintería o bajantes de pluviales.

• La rehabilitación de elementos comunitarios en edificios de viviendas plurifamiliares.

• La rehabilitación de los locales de planta baja.

En cuanto al ámbito de estas actuaciones, que tendrán que contar con licencia preceptiva, se hace extensivo a los anexos del inmueble, incluyendo patios, claustros y otros elementos como cerramientos que respeten los tradicionales de la zona.

Por el contrario, no podrán ser perceptores de estas subvenciones quienes hayan recibido anteriormente ayudas por un límite absoluto de 15.000 euros por parte del Consorcio Eivissa Patrimonio de la Humanidad.

Además, para obtener las ayudas económicas, será necesario que el edificio o vivienda tenga una antigüedad de 25 años y de 15 años para rehabilitar las fachadas. Todos tendrán que estar localizados en los barrios de Sa Penya, la Marina, S'Alamera o Dalt Vila.

Finalmente, y con el objetivo de mejorar y conservar la estética tradicional, estas obras tendrán que garantizar la coherencia técnica y constructiva con el estado de conservación del edificio.

Enlace a:
· Información subvenciones edificios CEPH

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